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Formación

Noticias Burger King

La Dirección General de carreteras ordena al Ayuntamiento paralizar de forma inmediata las obras del Burger King de Villena

07/10/2022 - Desde la Dirección General de Carreteras, a través de la demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana, se ha emitido un oficio -dirigido al Ayuntamiento de Villena- mediante el cual insta al Ayuntamiento para que “de forma inmediata comunique a la mercantil la paralización de las obras de construcción de un restaurante de comida rápida en parcela situada en la margen izquierda de la autovía A-31”.

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Restaurant Brands Iberia adquiere a Ibersol sus Burger King en España y Portugal por 260 M

3/08/2022 - Restaurant Brands Iberia (RBI) ha salido de compras. El grupo de restauración ha cerrado la compra a Ibersol de los restaurantes de Burger King que tiene en España y Portugal por 260 millones de euros, según ha informado la compañía lusa a la Comisión del Mercado de Valores Mobiliarios (CMVM). En concreto, la empresa vendedora anunció la firma de un contrato para la venta a RBI de estos restaurantes, con el que prevé lograr una plusvalía de hasta 160 millones de euros en el caso de recibir íntegramente el valor máximo del precio de la operación.

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Biblioteca

Movilidad geográfica - Traslados -

Convenio Colectivo BKSpain -Artículo 17- Movilidad geográfica.

En el supuesto de que la empresa pretenda ubicar el centro de trabajo o al trabajador a otra localidad en el entorno de una misma área metropolitana, o en municipios limítrofes, o en municipios no limítrofes con una distancia máxima de 50 km, se entenderá que no existe la necesidad de cambiar la residencia habitual del trabajador. Los cambios de centro en localidades de diferentes municipios no limítrofes deberán de ser preavisados con un mínimo de 7 días de antelación. En los demás casos se considerará que existe movilidad geográfica, con las precisiones que para la misma, impone el E.T. La empresa atenderá las solicitudes de cambio de centro de trabajo como forma de favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar.

Formación - Tiempo de trabajo efectivo -

Estatuto de los trabajadores - Artículo 23 - Promoción y formación profesional en el trabajo.

1. El trabajador tendrá derecho:
d) A la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. La misma correrá a cargo de la empresa, sin perjuicio de la posibilidad de obtener a tal efecto los créditos destinados a la formación.
El tiempo destinado a la formación se considerará en todo caso tiempo de trabajo efectivo.

Convenio Colectivo BKSpain -Artículo 7- Formación profesional.
I. La empresa velará de forma adecuada por la actualización de conocimientos por parte del personal. El tiempo destinado a la formación se considerará en todo caso tiempo de trabajo efectivo.
II. Sin perjuicio del derecho individual de los trabajadores, sus representantes serán informados del desarrollo de los planes de formación de la empresa.
III. En todo caso, se estará a lo establecido en el ALEH.

Régimen salarial - Tablas -

Tabla salarial detallada según número de horas y cargo en la empresa, además se detalla el precio de la hora normal y el precio de la hora festiva.

Tabla Salarial
Ver Tabla

Distribución de la jornada

Convenio Colectivo BKSpain -Artículo 19- Jornada.

La jornada máxima anual de trabajo efectivo durante la vigencia del convenio será de 1.800 horas de trabajo efectivo al año.
La jornada podrá distribuirse en la forma que previene el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores a lo largo del año y cualquier día de la semana (de Lunes a Domingo). Esta distribución deberá respetar en todo caso los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos legalmente, esto es, con un máximo de 9 horas ordinarias diarias de trabajo efectivo, y 12 horas entre el final de una jornada y comienzo de la siguiente. La jornada máxima, para quienes tuvieran una jornada de trabajo efectivo anual inferior, será la que vengan disfrutando, y la mantendrán a título individual.

Distribución:
Habida cuenta de las especiales características vigentes en «Burger King Spain S.L.U.», la jornada anual pactada, respetando los descansos legalmente establecidos, podrá distribuirse como máximo a lo largo de 225 días de trabajo al año.
Semanalmente se planificará, en cada centro los cuadros horarios, con especificación de los distintos turnos y horas de entrada y salida.
Los horarios deberán ser adjudicados individualmente a cada trabajador, de manera que, con una semana de antelación al momento de realización de su turno de trabajo, el trabajador pueda conocer la jornada que va a realizar.
La verificación y control de la ejecución de la jornada anual pactada, se efectuará, con carácter individual, de forma trimestral. A tal fin se desarrollarán y pondrán en práctica mecanismos de control y verificación de la jornada.
Los cambios en el horario individualmente adjudicado por causas organizativas imprevisibles (ausencias imprevistas de otros trabajadores, así como retrasos o adelantos imprevisibles en suministros) se efectuarán preferentemente con personal voluntario y no podrán superar como límite máximo, 45 horas al trimestre para los trabajadores contratados a tiempo completo, guardando la misma proporción para los contratados a tiempo parcial.
Las horas realizadas fuera del horario individualmente adjudicado se compensarán con descanso equivalente antes de que finalice el siguiente trimestre. No tendrán tal consideración los cambios efectuados por mutuo acuerdo.
En el caso de que el cambio impidiera el disfrute del descanso semanal este se recuperará necesariamente dentro de un período de 14 días.
Salvo que el trabajador se encuentre en vacaciones, tendrán carácter obligatorio la realización de las horas de trabajo precisas fuera del horario normal para reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, así como en caso de riesgo de pérdida de materias primas, o la asistencia al turno de trabajo cuando sea preciso ante inspección/auditoría de la marca Burger King.
La compensación en descanso de los excesos de jornada previstos en al apartado anterior se realizará de mutuo acuerdo.